Es un permiso remunerado, de hasta 200 horas, que conceden las empresas a las personas trabajadoras para asistir a acciones formativas reconocidas mediante alguna titulación o acreditación oficial durante su jornada laboral.
Puede tratarse de formación para el desarrollo profesional, o para el desarrollo personal de la persona trabajadora. La formación no tiene por qué estar relacionada con el puesto de trabajo.
Evaluamos con detalle toda la información necesaria sobre la formación a realizar y emitimos un informe con la estimación de la bonificación del PIF.
Una vez aceptado nuestro servicio de gestión de PIF iniciamos el proceso con el alta del mismo en FUNDAE y con la recopilación de la documentación que respalda dicho PIF.
Elaboramos toda la documentación justificativa del PIF y guiamos a la empresa y al trabajador durante todo el tiempo de disfrute del PIF.
Se procede a la bonificación de las horas convenientemente justificadas de asistencia a clase en los Seguros Sociales de la empresa.